Cómo emitir facturas con retención de IRPF: guía práctica para profesionales
Cómo emitir facturas con retención de IRPF: guía práctica para profesionales
Si facturas a otra empresa española como profesional, normalmente aplicas retención de IRPF. Aquí tienes cómo hacerlo bien: tipo, desglose y excepciones.Infactura
Cuándo aplicas retención de IRPF
La retención de IRPF en facturas se aplica cuando tú eres profesional (autónomo o empresa) y tu cliente es empresario o profesional español que contrata tus servicios. El cliente te paga el importe neto (descontada la retención) y ingresa esa retención en Hacienda a tu nombre. Tú la declaras en el IRPF como pago fraccionado a cuenta.
No aplicas retención cuando el cliente es particular, administración pública o cuando prestas servicios exentos (con matices según la normativa).
Tipo de retención aplicable
El tipo general para profesionales es 15% para los primeros 15.000 € del año con el mismo pagador, y 7% a partir de ahí si cumples ciertos requisitos (nuevos autónomos, etc.). Los porcentajes pueden variar según la actividad y el régimen. Consulta con tu gestor el tipo que te corresponde.
Cómo desglosar la retención en la factura
- Base imponible: Importe de los servicios antes de impuestos.
- IVA: Si aplica, tipo y cuota.
- Retención IRPF: Tipo aplicable y cuota (por ejemplo, 15% sobre la base).
- Total a cobrar: Base + IVA - Retención.
Ejemplo: Base 2.000 €, IVA 21% (420 €), Retención IRPF 15% (-300 €). Total: 2.000 + 420 - 300 = 2.120 €.
Errores habituales
Aplicar retención a particulares. Los particulares no practican retención. Si la incluyes, estarías cobrando de menos y el cliente no tiene obligación de ingresarla.
No aplicarla cuando debes. Si facturas a empresa y no incluyes retención, el cliente tendrá que regularizar y tú puedes tener que declarar el ingreso íntegro sin el pago fraccionado.
Confundir base de IVA y base de IRPF. La retención se calcula sobre la base imponible (sin IVA). El IVA se calcula también sobre la base imponible. No retengas sobre el total con IVA.
Excepciones y casos especiales
- Actividades en estimación objetiva (módulos): En determinados supuestos no se aplica retención por parte del cliente. Verifica si tu epígrafe está incluido.
- Inicio de actividad: Los nuevos autónomos pueden aplicar un tipo reducido (7%) durante los tres primeros años en ciertas condiciones.
- Cliente extranjero: Si el cliente no está en España, normalmente no aplicas retención española (pueden aplicarse normas de doble imposición).
Resumen
Facturas con retención cuando eres profesional y tu cliente es empresa o autónomo español. Indica en la factura base imponible, IVA, tipo y cuota de retención, y total a cobrar. El tipo habitual es 15%. No apliques retención a particulares. Ante dudas, consulta con tu asesor.