Facturación B2B vs B2C: diferencias prácticas que casi nadie explica
Facturación B2B vs B2C: diferencias prácticas que casi nadie explica
Facturar a una empresa no es lo mismo que facturar a un particular. IVA, retenciones, tipo de factura y obligaciones cambian. Aquí tienes las diferencias que importan.Infactura
B2B: facturación empresa a empresa
Qué es: Tu cliente es una empresa o un autónomo que contrata tus productos o servicios para su actividad.
Factura: Normalmente factura ordinaria (completa). Incluye todos los datos del emisor y receptor, desglose de base, IVA y, si eres profesional, retención de IRPF. El cliente necesita el desglose para deducir IVA y contabilizar.
IVA: Repercutes IVA (21%, 10% o 4% según el bien o servicio). Si el cliente está en otro país de la UE con NIF válido, puede aplicarse inversión del sujeto pasivo (no repercutes IVA español).
Retención de IRPF: Si eres profesional y el cliente es empresa o autónomo español, aplicas retención (habitualmente 15% sobre la base). El cliente te paga el neto e ingresa la retención en Hacienda.
Factura simplificada: No suele usarse en B2B. El cliente empresa necesita factura completa para deducir.
B2C: facturación a particulares
Qué es: Tu cliente es un particular (consumidor final) que compra para uso propio, no para su negocio.
Factura: Puede ser ordinaria o simplificada según el importe. Operaciones menores de 400 € (IVA incluido) a particulares suelen poder ser factura simplificada. Por encima, ordinaria.
IVA: Repercutes IVA. El particular no deduce; paga el precio final (base + IVA).
Retención de IRPF: No aplicas. Los particulares no practican retención.
Factura simplificada: Sí tiene sentido en B2C para ventas pequeñas a particulares (tienda, cafetería, servicios de bajo importe).
Tabla comparativa rápida
| Aspecto | B2B (empresa) | B2C (particular) | |---------|---------------|------------------| | Tipo de factura | Ordinaria (habitual) | Ordinaria o simplificada según importe | | Retención IRPF | Sí (15% si eres profesional) | No | | IVA | Repercutido o inversión si cliente UE | Siempre repercutido | | Desglose | Completo (cliente deduce) | Puede ser simplificado en ventas pequeñas | | VeriFactu | Obligatorio envío (B2B) | Calendario B2C según normativa |
Casos híbridos
Administración pública: A veces se trata como B2B (factura completa, pero sin retención de IRPF en muchos supuestos). Consulta cada caso.
Autónomo que compra como particular: Si compra para uso personal (no para su actividad), es B2C. Si compra para su negocio, es B2B.
Errores frecuentes
- Aplicar retención a particulares.
- No aplicar retención a empresas cuando debes.
- Usar factura simplificada en B2B cuando el cliente necesita el desglose completo.
- Facturar con IVA a cliente UE con inversión del sujeto pasivo (no debes repercutir IVA español).
Resumen
En B2B: factura ordinaria, retención de IRPF si eres profesional, desglose completo. En B2C: factura ordinaria o simplificada según importe, sin retención, IVA repercutido. La diferencia no es solo de nombres; afecta a qué datos pones en la factura y qué impuestos aplicas.